Proyecto de Ordenanza - Utilizaci贸n de software libre en la Municipalidad de La Plata
Definiciones
Art铆culo 1: A los efectos de la presente Ordenanza, def铆nese:
a. Programa o "software", a cualquier secuencia de instrucciones usada por un dispositivo de procesamiento digital de datos para llevar a cabo una tarea espec铆fica o resolver un problema determinado.
b. Ejecuci贸n o empleo de un programa, al acto de utilizarlo sobre cualquier dispositivo de procesamiento digital de datos para realizar una funci贸n.
c. Usuario, a aquella persona f铆sica o jur铆dica que emplea el software.
d. C贸digo fuente o de origen, o programa fuente o de origen, al conjunto completo de instrucciones y archivos digitales originales creados o modificados por quien los programara, m谩s todos los archivos digitales de soporte, como tablas de datos, im谩genes, especificaciones, documentaci贸n, y todo otro elemento que sea necesario para producir el programa ejecutable a partir de ellos.
Como excepci贸n, podr谩n excluirse de este conjunto aquellas herramientas y programas que sean habitualmente distribuidos como software libre por otros medios como, entre otros, compiladores, sistemas operativos y librer铆as.
e. Programa (software) libre, a aquel cuyo empleo garantice al usuario, sin costo adicional, las siguientes facultades:
e.1) ejecuci贸n irrestricta del programa para cualquier prop贸sito.
e.2) acceso irrestricto al c贸digo fuente o de origen respectivo.
e.3) inspecci贸n exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa.
e.4) uso de los mecanismos internos y de cualquier porci贸n arbitraria del programa para adaptarlo a las necesidades del usuario.
e.5) confecci贸n y distribuci贸n p煤blica de copias del programa.
e.6) modificaci贸n del programa y distribuci贸n libre, tanto de las alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo las mismas condiciones del programa original.
Adem谩s, el costo de obtenci贸n de una copia del c贸digo fuente del programa por parte del usuario no podr谩 ser significativamente mayor al costo habitual de mercado en concepto de materiales, mano de obra y log铆stica necesarias para la confecci贸n de dicha copia.
f. Programa "no libre" o "propietario", a aqu茅l que no re煤na todos los requisitos expresados en el art铆culo 1潞 inciso e) precedente.
g. Formato abierto a cualquier modo de codificaci贸n de informaci贸n digital que satisfaga las siguientes condiciones tales que:
g.1) su documentaci贸n t茅cnica completa est茅 disponible p煤blicamente.
g.2) el c贸digo fuente de al menos una implementaci贸n de referencia completa est茅 disponible p煤blicamente.
g.3) no existan restricciones para la confecci贸n de programas que almacenen, transmitan, reciban o accedan a datos codificados de esta manera.
h. Plataforma inform谩tica a una combinaci贸n particular de un dispositivo de procesamiento digital de datos o un conjunto de ellos y el programa o conjunto de programas utilizados para operarlo.
Objeto
Art铆culo 2: La presente Ordenanza tiene por objeto:
a. Garantizar a los ciudadanos, instituciones y empresas de la ciudad de La Plata o de cualquier otra localidad del pa铆s o del mundo que tienen tratos de cualquier 铆ndole con el municipio de La Plata, la confidencialidad, seguridad e interoperatividad de la informaci贸n que por cualquier motivo se encuentre depositada en forma digital en el 谩mbito de la administraci贸n municipal siempre que alguna o todas estas caracter铆sticas fueran pertinentes.
b. Asegurar la capacidad de interpretar y procesar la informaci贸n digital existente en la administraci贸n municipal cualquiera sea la plataforma inform谩tica utilizada.
c. Promover la mejora constante de la productividad de la administraci贸n municipal mediante la utilizaci贸n de herramientas tecnol贸gicas que por su naturaleza permitan condiciones permanentes de flexibilidad y adaptaci贸n seg煤n las necesidades, intereses y objetivos de la propia administraci贸n.
Software utilizable y plazos de trancisi贸n
Art铆culo 3: A partir de la sanci贸n de la presente Ordenanza, la administraci贸n municipal s贸lo admitir谩 la instalaci贸n de nuevos programas o software cuando 茅ste pudiera ser considerado software libre de acuerdo a la definici贸n suministrada por esta Ordenanza (art. 1 inc. e).
Art铆culo 4: A partir de la sanci贸n de la presente Ordenanza, ot贸rgase al Departamento Ejecutivo un plazo de noventa d铆as para realizar un relevamiento completo del parque inform谩tico y la elaboraci贸n de un Plan Integral de Migraci贸n a Software Libre, que deber谩 prever el reemplazo ordenado de todo el software propietario actualmente utilizado en la administraci贸n municipal por software libre.
Art铆culo 5: A partir de la presentaci贸n del Plan Integral de Migraci贸n a Software Libre, ot贸rgase al Departamento Ejecutivo un plazo de 360 d铆as para la ejecuci贸n del mismo.
Excepciones
Art铆culo 6: En caso de no existir una soluci贸n que utilice software libre y permita satisfacer una necesidad determinada, la dependencia que se encontrara en esta situaci贸n podr谩 adoptar las siguientes alternativas, con el orden de prioridades sucesivo:
a) En caso de inexistencia o indisponibilidad de software libre que permita dar soluci贸n a la necesidad planteada, y que como consecuencia de ello se determinara la necesidad de su desarrollo, la soluci贸n t茅cnica resultante deber谩 ser, en todos los casos, software libre, en los t茅rminos definidos en el art铆culo 1 inc. e) de esta Ordenanza.
b) Si mediaran exigencias de tiempo verificables para la soluci贸n del problema t茅cnico, y se encontraran disponibles en el mercado programas (software) no libres o propietarios, la dependencia que lo demande podr谩 gestionar ante el Intendente Municipal o el organismo municipal de aplicaci贸n que 茅ste determine un permiso de excepci贸n de utilizaci贸n de software no libre. La elecci贸n del producto deber谩 ser realizada de acuerdo al siguiente orden de preferencia:
b.1) Se seleccionar谩 en primer t茅rmino a los programas que cumplan con todos los criterios enunciados en el art铆culo 1 inciso e), excepto por la facultad de distribuci贸n del programa modificado (at. 1, inc. e, parrafo 6). En este 煤nico caso, el permiso de excepci贸n podr谩 ser definitivo.
b.2) Si no se pudiera disponer de programas de la categor铆a precedente, se deber谩n escoger aquellos para los que exista un proyecto de desarrollo avanzado, de tipo libre. En este caso, el permiso de excepci贸n ser谩 transitorio y caducar谩 autom谩ticamente cuando el software libre pase a estar disponible con la funcionalidad que sea necesaria.
b.3) Si no se encontraren productos de estas condiciones, se podr谩 optar por programas "no libres", pero el permiso de excepci贸n emanado del Intendente Municipal caducar谩 autom谩ticamente a los dos a帽os de emitido, debiendo ser renovado previa constataci贸n que no exista disponible en el mercado una soluci贸n de software libre satisfactoria.
No se permitir谩 en ning煤n caso la utilizaci贸n de software que implique uso de formatos no abiertos.
Art铆culo 7: Previo a expedir un permiso de excepci贸n, el Intendente Municipal o el organismo de aplicaci贸n que 茅ste determine, deber谩 realizar una consulta t茅cnica detallada a la Universidad Nacional de La Plata, acerca del estado del arte, la disponibilidad de software libre y la existencia de desarrollos que pudieran realizar la tarea u operaci贸n requerida. A juicio del Departamento Ejecutivo, esta consulta se podr谩 complementar con otras, a instituciones p煤blicas o privadas, expertos o profesionales independientes que entiendan en la tem谩tica.
Publicidad
Art铆culo 8: Los requerimientos de software de la administraci贸n ser谩n publicados mediante los mecanismos habituales de publicidad para las compras habituales del Municipio, adicionalmente se abrir谩 un Registro Especial de expertos, proveedores y desarrolladores de software libre que ser谩n notificados de cada convocatoria.
Art铆culo 9: Si cualquier dependencia municipal fuera autorizada en forma excepcional para adquirir o utilizar programas o software "no libres" para almacenar o procesar datos cuya reserva sea necesario preservar, fueren confidenciales, cr铆ticos o vitales para el desempe帽o de la administraci贸n municipal, el Departamento Ejecutivo deber谩 publicar, por los medios habituales de publicidad de los actos de gobierno, un informe donde se expliquen los riesgos asociados con el uso de software de dichas caracter铆sticas para esa aplicaci贸n en particular
Convenios
Art铆culo 10: Se faculta al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con la Universidad Nacional de La Plata a los fines de:
a. Solicitar asesoramiento para la realizaci贸n del diagn贸stico y el Plan Integral de Migraci贸n a Software Libre.
b. Capacitar al personal de la administraci贸n municipal para operar el nuevo software.
c. Implementar el Plan Integral de Migraci贸n a Software Libre.
Art铆culo 11: De forma.
Fundamentos
Los medios digitales de procesamiento y almacenamiento de informaci贸n son, desde hace m谩s de treinta a帽os, un auxiliar eficaz y cada d铆a m谩s importante en las tareas de la administraci贸n p煤blica y pr谩cticamente en toda actividad humana. En el caso de la administraci贸n p煤blica, que manipula datos que le han sido confiados por los ciudadanos, instituciones y empresas para el mejor cumplimiento de sus fines, el soporte de la inform谩tica permite desarrollar tareas de creciente complejidad en forma incomparablemente m谩s eficaz que cuando los mismos procedimientos se realizaban en forma manual, y al mismo tiempo, creando nuevos mecanismos de gesti贸n, modernizando la gerencia p煤blica y dotando de agilidad y flexibilidad a la acci贸n de la propia administraci贸n.
En efecto, ser铆a impensable prescindir de la utilizaci贸n de la inform谩tica en las tareas cotidianas del Estado, en cualquiera de sus niveles.
Sin embargo, el propio Estado, probablemente porque los beneficios obtenidos por el desarrollo de la inform谩tica han sido cuantiosos e innegables, no ha prestado particular atenci贸n a graves riesgos derivados del uso de programas o software cuyos mecanismos internos y modos de operar no son de car谩cter p煤blico.
En este sentido, como depositario de datos e informaci贸n que son propiedad de los ciudadanos, las instituciones y las empresas, y de informaci贸n generada por el propio Estado, de car谩cter estrat茅gico y vital para el dise帽o y adopci贸n de pol铆ticas p煤blicas en todos los 贸rdenes, la administraci贸n p煤blica tiene la responsabilidad y la obligaci贸n de controlar que la seguridad, confidencialidad e interoperabilidad de esa informaci贸n se encuentre en los niveles m谩s elevados que ofrezca el estado del arte.
A pesar de todo ello, cuya no observancia pone en riesgo garant铆as constitucionales y legales, la administraci贸n p煤blica en todos sus niveles utiliza de manera extendida software propietario, que no garantiza ninguna de las condiciones precitadas, exacerba la dependencia tecnol贸gica al utilizar formatos no abiertos -que limitan la elecci贸n del software- y a condiciones de mercado normalmente m谩s desventajosas que lo que supondr铆a la adopci贸n de software libre, lo que redunda muchas veces, seg煤n expresiones de funcionarios p煤blicos de distintos niveles, en violaci贸n de normas de propiedad intelectual al utilizar software sin licencia de uso, pr谩ctica habitual y altamente perniciosa. Cada Ley que es violada por el propio Estado implica un descr茅dito del orden jur铆dico total.
Decimos que el software propietario no garantiza ninguna de las condiciones precitadas, porque su c贸digo fuente no puede examinarse en forma independiente ni est谩 a disposici贸n de quien utiliza ese software a煤n cuando el usuario haya adquirido la licencia de uso correspondiente. Adicionalmente, la utilizaci贸n de formatos no abiertos impide o limita gravemente la adopci贸n de otro software a煤n cuando el nuevo software fuera m谩s conveniente y m谩s adaptado a los requerimientos de la administraci贸n.
No abundaremos en cuestiones como las desventajas t茅cnicas, la falta de estabilidad, o las pr谩cticas monop贸licas que caracterizan a gran parte del software propietario. Documentaci贸n al respecto puede encontrarse abundantemente en Internet -y tambi茅n la argumentaci贸n contraria-. Simplemente abogamos por la utilizaci贸n de los mejores desarrollos, calificaci贸n que s贸lo puede hacerse a partir del ex谩men independiente del c贸digo fuente. Y esto es imposible trat谩ndose de sistemas propietarios. Pero s铆 nos detendremos en ejemplos puntuales que han tenido enorme difusi贸n y que califican las fallas inadmisibles para la utilizaci贸n en el Estado que presenta o puede presentar el software propietario.
Durante muchos a帽os, la comunidad inform谩tica hac铆a menci贸n a las denominadas "puertas traseras" de los programas inform谩ticos como si fueran un mito urbano, fantasioso y quiz谩s falso. La existencia o no de esas puertas traseras, que servir铆an a quienes las hubieran dise帽ado para ingresar al sistema inform谩tico de los usuarios, era imposible de probar, porque el c贸digo fuente no era p煤blico, sin embargo hubo un caso fortuito donde se demostr贸 la existencia de dicho subterfugio: el sistema de bases de datos Interbase de la empresa Borland, que durante muchos a帽os se distribuy贸 comercialmente, fue cambiado a software de c贸digo abierto en el a帽o 2000 por decisi贸n de la misma empresa. Esto permiti贸 que su c贸digo fuera examinado por expertos de todo el mundo, quienes no tardaron en detectar una puerta trasera que permit铆a a cualquiera que conociera el secreto utilizar esa base de datos y manipular la informaci贸n. Es de suponer que la incorporaci贸n de esa puerta trasera no hab铆a sido decisi贸n de la empresa, sino probablemente de alguno o algunos de los programadores que trabajaron en su desarrollo, de otra manera la propia Borland hubiera cambiado el c贸digo antes de darlo a publicidad, sin embargo no menos cierto es que miles de usuarios tuvieron durante a帽os sus sistemas con graves fallas de seguridad producto, no del error ni de la falta de pericia de los programadores, sino planificada por ellos. Hoy, el hecho de que su c贸digo fuente est茅 a disposici贸n p煤blica, ha permitido reparar esa falla no accidental.
Tambi茅n Microsoft ha estado envuelto en un esc谩ndalo nunca aclarado satisfactoriamente cuando en sus sistemas de clave p煤blica para uno de sus servidores de red, se descubri贸, tambi茅n fortuitamente, que el sistema escond铆a dos claves, una de ellas identificada como MS_KEY ("Clave de MicroSoft") y otra como NSA_KEY (驴"Clave de NSA - National Security Agency"? Nunca se termin贸 de aclarar certeramente la cuesti贸n).
Lo cierto es que agencias gubernamentales de los pa铆ses desarrollados (la NASA y el Pent谩gono en los Estados Unidos, el Ministerio de Defensa de Francia, por citar s贸lo algunos), y admnistraciones nacionales completas est谩n adoptando como norma la utilizaci贸n de software libre, es decir, de aqu茅l software cuyo "blindaje" es posible revisar antes de utilizar.
La adquisici贸n y utilizaci贸n de software propietario por parte del Estado s贸lo se comprende por tratarse de productos relativamente recientes cuya complejidad y novedad dificulta cualquier evaluaci贸n. Salvo que mediaran intereses inconfesables, ning煤n funcionario responsable del 谩rea de compras de un organismo p煤blico autorizar铆a la adquisici贸n de alimentos para un programa de Emergencia Alimentaria si el oferente s贸lo vendiera los alimentos en "paquetes cerrados" sin especificar con exactitud su contenido ni permitir controlar la calidad del alimento. Y menos a煤n si esta modalidad fuera m谩s onerosa que la de otros oferentes que le detallaran el contenido de su oferta y facilitaran las muestras para los controles bromatol贸gicos correspondientes. En el caso del software, sin embargo, funciona exactamente de esa manera, con un agravante: si luego surgen fallas en los programas adquiridos no hay medios legales de reclamar al proveedor (como si el proveedor de alimentos vendiera, a paquete cerrado, alimentos en mal estado sin caberle responsabilidad alguna).
Tambi茅n debe mencionarse la cuesti贸n econ贸mica. No lo hemos mencionado en forma precedente porque no creemos que sea el principal argumento de esta Ordenanza. Sin embargo tambi茅n es necesario atender a la cuesti贸n de la racionalidad del gasto p煤blico: el Estado gasta much铆simo dinero en licencias para utilizar programas defectuosos -no nos referimos a la calidad t茅cnica, sino a las falta de garant铆as relativas a todo lo mencionado hasta el p谩rrafo precedente- cuando existen en la mayor铆a de los casos desarrollos de software libre de calidad al menos similar -aunque la comunidad especializada tiende a opinar que la calidad del software libre es ampliamente superior- y a condiciones de venta mucho m谩s ventajosas, limitadas casi siempre -pero no siempre- al costo del soporte f铆sico (y ello, cuando no se decide obtener el software por Internet, a costo cero). Est谩 claro que es necesario hacer inversiones, especialmente en capacitaci贸n para que la transici贸n sea lo menos traum谩tica que sea posible, y eventualmente en programaci贸n, para realizar ajustes del software a la medida de las necesidades de la administraci贸n o desarrollar software propio. Inversiones que desarrollan y estimulan el crecimiento de la inform谩tica en el propio territorio, especialmente en una ciudad como La Plata que tiene una oferta de recursos profesionales altamente capacitada, y contribuyen a la reducci贸n de la brecha digital, otro nombre m谩s del atraso y la dependencia.
Nota: El presente proyecto toma el esp铆ritu y en gran parte tambi茅n la redacci贸n de los proyectos presentados en el Congreso de la Naci贸n y en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, por los Diputados Nacionales Dragan, Becerra y Bertone (Proyecto de Ley 904-D-02) y Senador Provincial Conde (Proyecto de Ley E-135/02-03), respectivamente, y cuyos fundamentos se hacen extensivos al presente proyecto. Asimismo, se ha tomado en cuenta el debate -y los aportes a ese debate- promovidos por la lista de correo Proposici贸n (www.proposicion.org.ar/proyecto/index.htm).