Proyecto de Ley 207-D-2002
Texto Original
Fuente: Características:
- Autor: Diputado Rodolfo Miguel Fernandes
- Lugar de presentación: Legislatura de la Provincia de Jujuy
- Fecha de presentación: 15 de mayo del 2002
Señor Presidente:
El presente proyecto tiene como objetivo promover la migración a (y el uso de) programas (software) libres en los sistemas y equipamientos informáticos, en el ámbito del Estado provincial.
Para garantizar el libre acceso a los ciudadanos a la información pública, resulta indispensable que la codificación de los datos no esté ligada a un único proveedor. El uso de formatos estándar y abiertos permite garantizar este libre acceso, logrando si fuere necesario la creación de software compatible.
Para garantizar la perennidad de los datos públicos, es indispensable que la utilización y el mantenimiento del software no dependan de la buena voluntad de los proveedores ni de las condiciones monopólicas impuestas por éstos. Se precisan sistemas cuya evolución pueda ser garantizada gracias a la disponibilidad del código fuente.
Para garantizar la seguridad provincial y nacional, resulta indispensable contar con sistemas desprovistos de elementos que permitan el control a distancia o la transmisión no deseada de información a terceros. Por lo tanto,se requieren sistemas cuyos códigos fuente sean libremente accesibles al público para permitir su examen por el propio Estado, los ciudadanos y un gran número de expertos independientes en el mundo.
El Estado, en aras de mejorar la calidad de la gestión pública en tanto custodio y administrador de información privada, establecerá las condiciones en que los organismos estatales adquirirán software en el futuro, es decir de un modo compatible con las garantías constitucionales y principios básicos antes desarrollados.
La presente iniciativa expresa claramente que para ser aceptable para el Estado un programa o software cualquiera, no basta con que el programa sea técnicamente suficiente para llevar a cabo una tarea, sino que -además- las condiciones de contratación deben satisfacer una serie de requisitos en materia de licencia sin los cuales el Estado no puede garantizar al ciudadano el procesamiento adecuado de sus datos, velando por su integridad, confidencialidad y accesibilidad a lo largo del tiempo; aspectos críticos para su desempeño.
El Estado establece condiciones para el empleo del software por parte de las instituciones estatales, sin inmiscuirse de modo alguno en las transacciones del sector privado. Constituye un principio jurídicamente reconocido que el Estado no tiene el amplio espectro de libertad contractual del sector privado, pues precisamente está limitado en su accionar por el deber de transparencia de los actos públicos, y en este sentido la tutela del mejor interés común debe tener preeminencia cuando se legisla sobre la materia.
En el sector público, parlamentos de países europeos estudian una posibilidad similar a esta propuesta, consistente en la adopción por parte de los servicios públicos de programas abiertos/libres.
Son muchos los países que están reconociendo formalmente el uso exclusivo del software libre en el sector estatal; entre ellos, Francia: donde está en discusión una norma legal sobre el tema. El gobierno de la ciudad de México (DF) ya ha iniciado una importante migración para la adopción de software libre en forma generalizada, siendo este país líder en Occidente. También Brasil: el Estado de Recife ha decidido su adopción. La República Popular China ha adoptado desde hace varios años el software libre como una política de Estado, al igual que los países escandinavos. En los E.E.U.U., la N.A.S.A. y la U.S. NAVY, entre muchas otras organizaciones, han adoptado software libre para satisfacer algunas de sus necesidades.
Dentro del Mercosur ya existen iniciativas en idéntico sentido, que resultan auspiciosas dado que en la actual coyuntura económica permitirán no sólo una notable reducción de costos, sino un mayor y sostenido acceso al conocimiento que hoy la globalización nos está negando por los cada vez más elevados precios del software.
A nivel nacional existe un proyecto de ley presentado y promovido por el diputado de la Nación Marcelo Dragán. Otras provincias, como Córdoba, Tucumán, Tierra del Fuego y Santiago del Estero ya cuentancon normativas al respecto o tienen iniciado trámites parlamentarios para la consideración y aprobación de proyectos similares o relacionados.
Con la presente propuesta contribuiremos, en una apreciable medida, a la tan ansiada reducción del gasto público y del déficit fiscal, a mejorar nuestra balanza comercial, a la disminución de los costos de productos de manufactura provincial, y por sobre todas las cosas a brindar una igualdad de oportunidades de acceso al conocimiento de las muchas personas con deseos de aprender y cultivarse.
Por todo ello:
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N°
"DE EMPLEO DE TECNOLOGIAS LIBRES Y ABIERTAS EN EL ESTADO"
Artículo 1.- Los poderes del Estado, la administración pública centralizada, descentralizada, los organismos o entidades autárquicas, las empresas o sociedades con participación estatal mayoritaria, el Tribunal de Cuentas de la Provincia, los municipios, y todo otro organismo provincial, emplearán en sus sistemas y equipamientos de informática -exclusivamente- programas (software) libres.
Artículo 2.- Entiéndese por programa (software) libre aquel cuya licencia garantice al usuario, sin costo adicional, las siguientes acciones:
- Uso irrestricto del programa para cualquier propósito;
- Inspección exhaustiva de los mecanismos de funcionamiento del programa;
- Uso de los mecanismos internos y de porciones arbitrarias del programa para adaptarlosa las necesidades del usuario;
- Confección y distribución de copias del programa;
- Modificación del programa y distribución libre tanto de las alteraciones como del nuevo programa resultante, bajo estas mismas condiciones.
Artículo 3.- El programa fuente de cualquier programa libre debe constituir el recurso primario empleado por el programador para modificar e inspeccionar el mismo. Por lo tanto ningún programa que se categorice como libre puede contener cualquier restricción que dificulte su acceso, como tampoco debe poseer etapas intermedias tales como salidas de un pre-procesador o traductor propietario o no-libre.
Artículo 4.- Las licencias de los programas libres que sean utilizados por la administración pública provincial y municipal, deberán -en todos los casos- permitir en forma expresa, modificaciones y trabajos aplicados, así como la distribución irrestricta de estas aplicaciones en los mismos términos que la licencia del programa original.
Artículo 5.- El Poder Ejecutivo reglamentará en el plazo de ciento ochenta (180) días las condiciones, tiempos y formas en que se efectuará la transición de los actuales sistemas instalados hacia los programas libres caracterizados en los artículos 1 á 4 de esta ley y orientará en tal sentido las licitaciones y contrataciones futuras de programas de computación (software) realizadas a cualquier título.
Artículo 6.- A partir de la fecha límite del plazo de transición que establezca el Poder Ejecutivo, los organismos públicos provinciales indicados en el artículo 1 de esta ley, no podrán emplear programas que almacenen sus datos en formatos no-públicos, o cuyas licencias:
Artículo 7.- Una vez finalizada la fase de transición, cuya duración será reglamentada por el Poder Ejecutivo provincial de acuerdo a lo previsto en el artículo 5 precedente, solamente podrá ser efectuada la contratación y utilización de programas de computación libres.
- Impliquen cualquier forma de discriminación a personas o grupos;
- No cumplan conlos requisitos del artículo 2 precedente; o
- Sean específicas o exclusivas para un producto determinado.
Artículo 8.- Invítase al Poder Judicial de la Provincia, al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a los Gobiernos Municipales a adherir a esta ley.
Artículo 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES; SAN SALVADOR DE JUJUY, Mayo de 2002.
GLOSARIO, CONCEPTOS Y DEFINICIONES:
Hardware
Hardware es el componente físico de un sistema informático. En elestado actual del desarrollo tecnológico, Hardware es, básicamente, la central de procesamiento o CPU: que es el núcleo del sistema y donde se encuentra el microprocesador (1 ó más), la memoria RAM, el Disco Rígido, la Placa Madre y demás componentes, tales como los medios de almacenamiento removibles (CD-ROM, Disketteras, Zipdrivers, etc.) y a la cual se conectan los dispositivos de entrada y salida de datos (teclado y monitor, respectivamente).
Software
Software es el componente lógico de un sistema informático. Es decir, todo aquello que tiene existencia digital y es intangible. Está compuesto por Programas, tanto en su estado binario como código fuente, estructuras de datos, formatos de almacenamiento de información y archivos, protocolos, algoritmos, etc.
Sistema Operativo
Así como el Hardware es una máquina real, física, tangible, el Sistema Operativo es una máquina virtual que recubre a la primera estandarizando su interface. En síntesis, un Sistema Operativo es el primer componente de Software con que debe contar una computadora.
Susfunciones principales son la administración de recursos de Hardware, la interacción de éste con el usuario y con las aplicaciones, y un conjunto de herramientas para el aprovechamiento de las capacidades computacionales del sistema.
Aplicaciones
Las Aplicaciones, son todas aquellas piezas de Software que realizan determinadas tareas o prestan ciertas funciones. Algunas de ellas son: Procesadores de Texto, Planillas de Cálculo, Gestores de Bases de Datos. También las propias de la tarea informática, como ser compiladores, intérpretes, editores, e inclusive aplicaciones lúdicas.
Formatos
Los Formatos son las estructuras o formas en que la información digitalizada es almacenada.
Software Libre
Software Libre se refiere a la libertad de los usuarios de correr, copiar, distribuir, estudiar, cambiar y mejorar el Software. Más precisamente, se refiere a las cuatro libertades de los usuarios de Software:
- La libertad de correrel programa, con cualquier propósito (libertad 0).
- La libertad deestudiar cómo funciona el Programa y adaptarlo a sus necesidades (libertad 1). El acceso al código fuente es una pre-condición para esto.
- La libertad de distribuir copias de manera que se pueda ayudar al vecino (libertad 2).
- La libertad de mejorar el Programa y liberar las mejoras al público de tal manera que toda la comunidad se beneficie (libertad 3). El acceso al código fuente -también- es una pre-condición para esto.
Un programa es Software Libre si los usuarios tienen todas estas libertades. Por ello, se es libre (entre otras cosas) si se pueden redistribuir copias, ya sea con o sin modificaciones, sin tener que pedir o pagar permisos.
Existen algunas reglas acerca de la manera de distribuir Software Libre, que resultan aceptables toda vez que no entran en conflicto con las libertades centrales. Así, el "copyleft" (expresado muy simplemente) es la norma que establece que cuando se redistribuye el Programa no se pueden agregar restricciones que impliquen la denegatoria, a otras personas, de las libertades centrales. Esta regla no entra en colisión con las libertades centrales, por el contrario: las protege.
SoftwareLibre, es una cuestión de libertad; no de precio. La expresión "Free" Software debe ser traducida como "libre", no como "gratis".
Software Propietario o Comercial
En rigor de verdad, el Software no es un producto de venta, y acá se puede plantear alguna situación confusa que por lo general el usuario final del Software desconoce.
Con la "compra" de algún Software, lo que se adquiere es el derecho de uso restringido del mismo; es decir: el comprador no adquiere ningún bien ni tiene propiedad sobre él. Si hacemos una analogía con otros productos con propiedad intelectual nos encontramoscon que con la compra de un libro, por ejemplo, adquirimos el bien y somos dueños de prestarlo, alquilarlo, regalarlo, resumirlo, leerlo cuantas veces queramos y en tantos lugares como lo deseemos; podremos usar su contenido para generar conocimientos nuevos en base al adquirido o a citas, etc.
Esto que es obvio y hasta resulta ridículo detallar, no ocurre con el denominado Software Propietario. Por lo general, con la compra de alguna Aplicación o Sistema Operativo, el usuario lo que adquiere es una licencia con respecto al uso del Programa, e incluso, en muchos casos, ni siquiera es dueño del medio en elcual el Software es provisto.
El Software Propietario otorga al usuario sólo el derecho de "ejecutar" el Programa tal como es (errores incluidos) en tantas computadoras como licencias se hayan adquirido, prohibiéndose expresamente todo otro uso, incluso no haciéndose responsable por las pérdidas que se pudieren producir en caso de fallos por errores de sus productos. Es decir: no proveen ningún tipo de garantía sobre el producto que comercializan.
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MOVIMIENTO DE RENOVACION CIVICA
BLOQUE DE DIPUTADOS
LEGISLATURA DE JUJUY
Gorriti 47 - Tel.: (0388) 4239240/1 - C.P. 4600 - SAN SALVADOR DE JUJUY
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Última modificación: 10/11/03